SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1086/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1086/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

Fragmento 18

La falta de legitimatio ad processum, se presenta cuando el demandado no es titular de la relación jurídica procesal, relación en la que necesariamente debe fundarse la pretensión, con prescindencia de que la acción cuente o no con el fundamento suficiente, tal cuál sucedió en el caso de autos, toda vez que el demandado Justino Avendaño Renedo, Gerente General de Seguros PROVIDA S.A., no suscribió ni el dictamen ni la Resolución impugnados, por lo que respecto a dicho demandado, no corresponde otorgar la tutela por falta de legitimación.