SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1089/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
recurso
En revisión la Resolución de 02/07 29 de marzo de 2007, cursante de fs. 140 a 145, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Concepción, provincia Ñuflo de Chávez, del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Víctor Hugo Mayser Liaño contra Raquel Sánchez Rojo de Ribera, Pablo Macoñó Flores y Delsy Macoñó Añez, Concejales del municipio de San Xavier, alegando la vulneración sus derechos a la seguridad jurídica, de petición y a la defensa, así como de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y h) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- III.3.1. Normativa que rige la elección de la Directiva del Concejo Municipal, atribuciones, convocatoria y desarrollo de sesiones.
- III.3.2. Ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- III.4. La problemática planteada
- y estuvo conducida por el Secretario a quien no le está permitido dirigir una sesión del Concejo Municipal, por ser ésta una atribución exclusiva del Presidente y en su defecto, del Vicepresidente,
- APROBAR