SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1104/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1104/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna

El derecho a una remuneración justa se encuentra consagrado en el art. 46.I de la CPE, que señala: "Toda persona tiene derecho: " Al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación, y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna" (las negrillas son nuestras); precepto constitucional que ha sido desarrollado por este Tribunal  en sentido de que: "... consiste en la potestad o facultad que tiene toda persona de recibir una retribución o contraprestación adecuada conforme al trabajo desarrollado; es decir, un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor. Empero, este derecho es concurrente al derecho al trabajo, no es independiente de este último, toda vez que se genera y se constituye en el momento en que la persona desarrolle una actividad o trabajo por cuenta de otra persona o del propio Estado" (SC 1612/2003-R de 10 de noviembre).