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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1117/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1117/2010-R

    Fecha: 27-Ago-2010

    I.2.1.

    El recurrente a través de su abogado ratificó en su integridad el contenido de su recurso, ampliándolo señaló que las partes se acogieron a lo establecido por el Reglamento de Arbitraje y Conciliación de la Cámara Nacional de Comercio, el mismo que en su art. 15 señala un procedimiento para la recusación de árbitros que no fue cumplido.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1.
    • a)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 12
    • III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 14
    • SC 0150/2010-R
    • III.3.
    • Olga Janet Larraín Sánchez y Fernando Julio Gutiérrez Moscoso, en su calidad de Presidenta y Arbitro respectivamente, del Tribunal Arbitral de la Cámara Nacional de Comercio,
    • corresponderá a la Comisión de Conciliación y Arbitraje la decisión de la recusación
    • POR TANTO
    • 2º

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