SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1117/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1117/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración de los derechos de la entidad que representa a la “seguridad jurídica”, aduciendo que, la renuncia al cargo de árbitros realizada por los recurridos, hoy demandados, es ilegal, por cuanto la recusación presentada por las Empresas demandantes, es extemporánea, vale decir veinte días después de que se tuvo conocimiento del Auto de Vista dictado por el Juez del recurso de anulación, además, no cumple con el procedimiento establecido en el Reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio. Consiguientemente, en revisión de la Resolución del Tribunal de garantías corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela impetrada.