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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1122/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1122/2010-R

    Fecha: 27-Ago-2010

    II.10.

    II.10. Ante el rechazo de la solicitud de revocatoria, mediante Resolución 05/2007 de 12 de abril, se declaró no la lugar a considerar el escrito de esa petición (fs. 102 y vta.), con el argumento de estar ejecutoriada la Resolución 38/2006. La DIRCABI de Cochabamba interpuso apelación (fs. 182 a 189), recurso admitido el 28 de abril de 2007, en el efecto suspensivo.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • 1)
    • concedió
    • i)
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.10.
    • Fragmento 14
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3.
    • Fragmento 19
    • III.4. Naturaleza y alcance de la cosa juzgada constitucional
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • III.4.1.
    • III.4.2.
    • REVOCAR

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