Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1141/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
II.6.
II.6. Del Reporte Estados Denuncias de 8 de agosto de 2007, emitido por Jackeline Severich García, Secretaria de la Gerencia de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura, se constata que Ana María Ruth Calle Franco, -recurrente-, fue sometida a cuatro procesos disciplinarios, de los cuales tres resultados probados, por haber incumplido su obligación prevista en el art. 81 incs. b) y c) del Reglamento Específico de Administración de Personal, con las siguientes sanciones: multa del 10% de su haber mensual, destitución del cargo y multa del 10% de su haber mensual (fs. 262).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades correcurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades correcurridas
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3.
- III.4. Marco jurídico aplicable
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR