SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II.7.

II.7.  Mediante nota 088/2007 de 2 de marzo, la Secretaria General del Gobierno Municipal de La Paz, remitió a las ahora recurrentes, el informe 006/07 de 14 de febrero de 2007,  elaborado por la Sub alcaldía del Distrito 4, a través del cual se concluyó que no existe cambio de trazo de la vía, por el contrario se respetó el ancho de la vía de 8 m lineales conforme a la planimetría aprobada por OM 049/1988, además que la propuesta elaborada por esa Sub alcaldía fue a solicitud de los vecinos de calle Las Palmeras, constando la conformidad de los propietarios y que las construcciones de los vecinos denunciantes se encuentran fuera de línea municipal y el grado de afectación a sus propiedades varía de acuerdo a la topografía de la calle, por lo que corresponde que se instauren procesos técnico administrativos contra todos los propietarios renuentes a entrar en línea municipal (fs. 43 a 45). El contenido del referido informe, fue reiterado por informe 010/07 de 2 de marzo de 2007, como emergencia de la solicitud de informe presentada por la Defensoría del Pueblo (fs. 212 a 214).