SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1161/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
II.6.
II.6. Por Resolución 028/2007 de 24 de enero, el Plenario del Consejo de la Judicatura, confirma la Resolución apelada con la modificación de la sanción a doce meses de suspensión del ejercicio de sus funciones, sin goce de haberes, dadas las condiciones del accionar del procesado en el caso “LAB” que involucra a Ernesto Asbún, actualmente prófugo de la justicia, por considerar que el Tribunal Sumariante ha desarrollado sus labores con la idoneidad que debe caracterizar a los funcionarios del Poder Judicial, habiendo realizado una adecuada consideración de los hechos, pero que la sanción impuesta no va en armonía a la gravedad de los hechos y al incalculable daño realizado a la administración de la justicia y a la imagen del Poder Judicial en general, más allá de los daños que se han ocasionado al Estado y pueblo boliviano (fs. 30 a 40).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. La motivación de las resoluciones como obligación del juzgador
- que cada autoridad que dicte una resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma.
- Fragmento 20
- III.4. Del derecho al debido proceso
- III.5. Del caso en análisis
- Por tanto