AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2010-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2010-O

Fecha: 15-Sep-2010

2)

Independientemente de la resolución pronunciada por el tribunal de garantías, también es admisible y corresponde el archivo de obrados, sin mayor trámite; empero, en un plano de equilibrio y previsibilidad a objeto de evitar un uso inadecuado, y dado los efectos de la acción intentada, pese a que el desistimiento y/ retiro de la acción impide un pronunciamiento de fondo, generó un efecto jurídico, por lo cual corresponde fijar el pago de una multa, de no ser así, se provocaría un abuso del derecho, sin consecuencia alguna.