recurso de amparo constitucional, ahora
En revisión la Resolución 29/07 de 4 de septiembre de 2007, cursante de fs. 835 a 836, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por José Abelardo Suárez Bravo en representación del Ingenio Azucarero “Guabirá” S.A. contra Julio Rivero Ruiz, Superintendente General a.i del Sistema de Regulación Financiera (SIREFI), alegando la vulneración de los derechos de su representado a dedicarse al comercio, a la defensa y al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. d) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- el accionante presentó desistimiento de la acción tutela
- III.1.El desistimiento y/o retiro de la acción de amparo constitucional
- no se le puede negar el derecho que también tiene a desistir de la acción
- III.1.2. Antecedentes jurisprudenciales
- III.2. Subreglas en torno al procedimiento y efecto del desistimiento y/o retiro de demanda
- Por otra parte, la norma procesal especial establece el pago de costas y multa cuando no prospera la acción de amparo constitucional
- 2)
- III.3. Análisis del caso concreto
- POR TANTO
- 3º Se llama la atención al Tribunal de garantías
