AUTO CONSTITUCIONAL 0259/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0259/2010-RCA

Fecha: 16-Sep-2010

revisión

En revisión la Resolución 248/08 de 14 de octubre de 2008, cursante de fs. 296 a 297 y vta., pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Rodolfo Ramiro Revollo Vargas e Isabel Villagómez Ramos en representación de MUDANZAS Y TRANSPORTES “LIFTVANS BOLIVIA” S.A. contra Beatriz Sandoval de Capobianco y Jaime Ampuero García, Ministros de la Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia; Limberg Gutiérrez Carreño, Jorge Von Borries Méndez y Jhonny Vaca Diez Vaca Diez, Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y Nelly Sánchez Justiniano, Jueza Segunda de Trabajo y Seguridad Social del mismo Distrito Judicial; alegando la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y a la garantía del debido proceso de la Sociedad que representan, citando al efecto los arts. 6, 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).