Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0009/2010
Fecha: 20-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente impugna la nota SPVS-IS-DL-1858/2007, emitida por el Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros a.i., que rechazó el registro de cambio de denominación social de la empresa que representa, arguyendo que fue dictada sin tener competencia para ello. En consecuencia, corresponde analizar los hechos alegados y las normas aplicables al caso.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- admitió
- a)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2 Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- Fragmento 11
- III.3. Cómputo del plazo legal para la interposición del recurso directo de nulidad
- Este plazo de treinta días calendario es prudencial y suficiente para que el agraviado ejerza su derecho para interponer este recurso constitucional
- los razonamientos de las Resoluciones constitucionales pueden ser aplicados en los procesos que están en curso
- III.4. Análisis del caso concreto
- 20 de julio de 2007
- IMPROCEDENTE