Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2010
Fecha: 20-Sep-2010
“Artículo 1.-
“Artículo 1.- La Corporación Minera de Bolivia, en el marco de lo consagrado en la Constitución Política del Estado en sus Artículos 136, 137 y 138 y en los Decretos Supremos 3196 y 3223 de octubre 1952 elevados al rango de Ley el 29 octubre de 1956 y en la Ley 2400 de 24 julio de 2002, asume el dominio total del cerro Posokoni, así como la dirección y administración directa sobre los yacimientos nacionalizados del Centro Minero Huanuni, desarrollando actividades productivas de prospección, exploración, explotación, beneficio y/o concentración, fundición, refinación y comercialización de sus productos minerales”.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1. Contenido del recurso
- e)
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- 2)
- a)
- b)
- c)
- d)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- g)
- 4)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- “Artículo 1.-
- II.3
- III.1
- III.2.
- con las normas previstas en la Constitución
- III.3.
- III.4.
- IMPROCEDENTE