SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2010
Fecha: 20-Sep-2010
I.1. Contenido del recurso
Por memorial presentado el 8 de marzo 2007 (fs. 39 a 41 vta.), subsanado el 3 de abril del mismo año (fs. 46), Charles Peter Maldonado Bakovic, en su condición de Diputado Nacional, interpone recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad contra el art. 1 del DS 28901, que establece que: "La Corporación Minera de Bolivia, en el marco de lo consagrado en la Constitución Política del Estado, en sus Artículos 136, 137 y 138 y en los Decretos Supremos 3196 y 3223 de octubre de 1952, elevados al rango de Ley, el 29 octubre 1956 y en la Ley 2400 de 24 julio 2002, asume el domicilio total del cerro Posokoni, así como la dirección y administración directa sobre los yacimientos nacionalizados del Centro Minero Huanuni, desarrollando actividades productivas de prospección, exploración, explotación, beneficio y/o concentración, fundición, refinación y comercialización de sus productos minerales".
Indica que, el precepto legal impugnado, modifica lo dispuesto por el artículo único de la Ley 2400 de 24 julio 2002, complementario del art. 91 el Código de Minería (CM), que a la letra dice: "Articuló Único.- De conformidad al art. 59 numeral 1 de la Constitución Política del Estado, compleméntese el Capítulo II, artículo 91 del Código de Minería, en los siguientes términos:
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1. Contenido del recurso
- e)
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- 2)
- a)
- b)
- c)
- d)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- g)
- 4)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- “Artículo 1.-
- II.3
- III.1
- III.2.
- con las normas previstas en la Constitución
- III.3.
- III.4.
- IMPROCEDENTE