SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

Fragmento 15

          El entonces recurso de amparo constitucional, previsto por el art. 19 de la CPEabrg, se encuentra consagrado ahora por el art. 128 de la CPE como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución y la ley. Por su parte, el art. 129.I de la CPE, establece que: "…se interpondrá (…), siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados".