SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Su hija, Carmen Rosa Silez de Hinojosa, instauró un proceso penal por amenazas, coacción y daño simple, debido a que un grupo de dirigentes que se hacen llamar "Los Sin Tierra", que son a la vez miembros de la Directiva de la OTB Carcaje Central, no le permitieron ejercer el derecho propietario sobre su lote de terreno, ubicado en la carretera antigua a Santa Cruz km 20, denominado Carcaje - Azirumani; e inclusive, construyeron una muralla con el material que ella misma llevó.
Este proceso, aún en etapa investigativa, generó enemistad de estos dirigentes hacia los miembros de su familia, derivado en constantes amenazas y coacciones, tales como imponerle su desafiliación de la referida OTB, suspensión del acceso al agua potable y despojo de la porción de terreno que tenía en el cementerio, en caso de que su hija no desistiera del proceso penal.
Ante su negativa, el 2 de agosto de 2007, de manera arbitraria e ilegal, la Directiva de la OTB Carcaje Central, determinó cortar el suministro de agua potable a su domicilio, destruyendo la conexión del acueducto sin previo aviso. Aclara que, desde que se aportó dinero para la perforación del pozo, canceló mensualmente por el servicio de agua potable, estando al día a la fecha de interposición del presente recurso.
El 10 de agosto de 2007, envió una carta notariada al los miembros de la Directiva de la OTB Carcaje Central, solicitando la restitución del servicio y anunciando la interposición de un recurso de amparo constitucional en caso de negativa; la respuesta, de 11 del mismo mes y año, contiene sólo mentiras, en sentido de que la recurrente "habría solicitado de manera voluntaria que se me borre y se me destituya de todas las actividades de la comunidad, entre los cuales se encuentra el servicio de agua" (sic), afirmación que resulta irracional e incongruente con la cancelación mensual y oportuna en el pago por el servicio de agua potable.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- "procedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- Fragmento 15
- III.3. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo constitucional, ante medidas de hecho -recurso agua-
- '
- III.4.
- a) De respetar
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR