Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
II.3.
II.3. El 29 de enero de 2007, Charles Hinojosa Camacho, esposo de la hija de la recurrente, presentó una denuncia ante la Fiscalía de la provincia Cliza del departamento de Cochabamba, en sentido de que un grupo de personas, similar a "Los Sin Tierra", imposibilitaban ejercer su derecho propietario sobre un lote de terreno de 1 000 m², ubicado en la carretera antigua a Santa Cruz km 20, denominado Carcaje - Azirumani, lote 211-A, habiendo procedido inclusive a construir una muralla con el material que él mismo llevó a su inmueble, entre actos de amenazas y otros (fs. 10 a 11).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- "procedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- Fragmento 15
- III.3. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo constitucional, ante medidas de hecho -recurso agua-
- '
- III.4.
- a) De respetar
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR