SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1182/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, ahora accionantes, alegan la vulneración de sus derechos a la inviolabilidad de domicilio, a la “seguridad jurídica”, al trabajo y a la dignidad, considerando que en mérito a un contrato de alquiler suscrito con un dirigente del Club Unión Maestranza, ejercen uso, goce y disfrute de esos ambientes, teniendo instalado en el mismo su domicilio particular; sin embargo, el 2 de abril de 2007, un grupo de estudiantes universitarios de la UTO extensión Huanuni, tomaron física y violentamente los ambientes, ocupándolos con bienes de la referida Universidad, “allanaron” su domicilio, sin que exista mandamiento alguno emanado de autoridad competente. En consecuencia, corresponde analizar en revisión, si en el presente caso, son evidentes tales extremos a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. En cuanto a la “seguridad jurídica” invocada por los accionantes
- Fragmento 18
- tutela contra acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares
- APROBAR