SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1182/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución de 16 de agosto de 2007, cursante de fs. 119 a 121 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia y Liquidador de las provincias Eduardo Avaroa, Ladislao Cabrera y Sebastián Pagador del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Roberto Ríos Orellana y Ulda Norma Rocha Díaz de Ríos contra René Laca Vásquez, Irineo Pérez Pérez, Wilfredo Ziñani Díaz y Pamela Canedo Vargas, alegando la vulneración de sus derechos a la inviolabilidad de domicilio, a la “seguridad jurídica”, al trabajo y a la dignidad, citando al efecto los arts. 6.II, 7 incs. a) y d), 16.II y 21 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. En cuanto a la “seguridad jurídica” invocada por los accionantes
- Fragmento 18
- tutela contra acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares
- APROBAR