SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1203/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, señala como vulnerados sus derechos de su representado a la defensa, al debido proceso y a la propiedad privada, toda vez que dentro del proceso coactivo seguido por el Banco de Crédito de Bolivia S.A. contra Teresa Hurtado de Mancilla y Leonardo Mancilla Coria, en ejecución de sentencia, se dispuso el remate del inmueble de su propiedad, de su padre Desiderio Mancilla Soto y sus hermanos Hugo y Walter Mancilla Coria, sin que los mismos hayan sido parte del referido proceso coactivo, habiendo sido rechazada la solicitud de nulidad de obrados interpuesta por su parte y confirmada en apelación por las autoridades recurridas hoy demandadas. En consecuencia, corresponde dilucidar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyeren actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del representado por la recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- III.3. De los derechos presuntamente vulnerados
- III.4. De la normativa aplicable al caso
- Fragmento 16
- III.5. Del caso en análisis
- APROBAR