SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1228/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción
En revisión la Resolución de 28/2007 de 31 de mayo, cursante de fs. 241 a 242 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Elffy Bass Werner de Oroza y Gilbert Muñoz Ortiz, Fiscales de Materia de Tarija contra Gerardo Torres Antezana y Ángel Aruquipa Chui, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior; y Carlos Guerrero Arraya, Juez Primero de Instrucción en lo Penal, todos del mismo Distrito Judicial de La Paz; alegando la vulneración de sus derechos al debido proceso en su elemento del Juez natural e indicando además la seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 5
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- "(Conflicto de competencia).
- dentro de los tres días siguientes
- se dispone la remisión de actuados a efectos de resolver el Conflicto de Competencia para ante la Corte Superior del Distrito de Tarija
- APROBAR