Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1320/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
Fragmento 13
Mediante memorial de 17 de marzo de 2004, Rosario Zambrano Fernández se apersona solicitando se proceda al embargo y venta forzosa del bien inmueble transferido mediante el crédito otorgado (fs. 75 y vta.); por memorial de 12 de abril de dicho año, María del Rosario Zambrano Fernández, solicita la paralización del trámite de subasta y remate del bien inmueble urbano de su propiedad situado en la urbanización “El Palmar” (fs. 84 y vta.), incidente que fue desestimado mediante Auto 268/2004 de 26 de mayo (fs. 87 a 88), recurriendo de apelación contra el referido Auto mediante memorial de 10 de julio de 2004 (fas. 97 a 98 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 13
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- III.5.
- los recurrentes conocían la existencia del proceso ejecutivo en el que su bien inmueble se encontraba afectado por haber sido dado en garantía hipotecaria, oportunidad en la cual pudieron realizar las acciones legales pertinentes en el proceso ejecutivo en el que no fueron demandados y en el que se dispuso el remate de su bien inmueble, cuya nulidad ahora reclaman