SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1320/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 14 de 26 de septiembre de 2007, cursante de fs. 429 a 430 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Yaskara Cuéllar Roca en representación de Héctor Burgoa Marín, Intendente Especial de Liquidación del Banco Sur S.A. en Liquidación contra Carlos Fernando Vargas Salinas y Lidia Moscoso Flores, Vocales de las Salas Civil y Penal, respectivamente, de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de la entidad Bancaria a la que representa su mandante a “la seguridad jurídica”, a la propiedad y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 6.I, 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 13
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- III.5.
- los recurrentes conocían la existencia del proceso ejecutivo en el que su bien inmueble se encontraba afectado por haber sido dado en garantía hipotecaria, oportunidad en la cual pudieron realizar las acciones legales pertinentes en el proceso ejecutivo en el que no fueron demandados y en el que se dispuso el remate de su bien inmueble, cuya nulidad ahora reclaman