SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1330/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1330/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

a)

Con esos antecedentes, plantea recurso de amparo constitucional contra Grover Fernández Román, Director; Fernando Velarde Araníbar, Jefe de la Unidad Administrativa y Financiera; y Vladimir Terceros Martínez, Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, todos del SEDES de La Paz; solicitando: a) Se conceda el recurso; b) Ordene la inmediata restitución de su representada al puesto de trabajo de Responsable Salud Pública, Administradora Red 6 dependiente de la referida institución; c) La cancelación de los sueldos devengados por los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2007; y, d) La afiliación al Seguro Social de Lily Roxana Tórrez Terceros y se le cancelen todos los beneficios de ley.

Grover Fernández Román, como Director del SEDES de La Paz, indicó: a) Desde su cargo, realizó la evaluación del Centro de Salud, entre otros, donde la representada del recurrente prestaba sus servicios, que fue objeto de quejas respecto a su administración, por el uso particular de una camioneta donada, que no cumplía con su finalidad; además, no se recabó la documentación pertinente para dicho vehículo. El SEDES de la Paz, tuvo que correr con los gastos del fallecimiento de tres personas en la indicada camioneta; motivos por los que, se inició proceso administrativo contra la representada del recurrente; b) Estando Lily Roxana Tórrez Terceros, bajo su Dirección, a efectos de que no se malinterprete, se decidió trasladarla a otro centro de salud; momento en que, esta funcionaria presentó documentación certificando su embarazo, que no fue tomada en cuenta, en razón a que no se aseguró desde 1999, ni acreditó su gravidez con la documentación pertinente emitida por la Caja Nacional de Salud (CNS); y, c) En el proceso iniciado en contra de la indicada funcionaria, se comprobó la comisión de ilícitos de malversación y otros, motivos por los que fue destituida.