Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1344/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 048/2007 de 12 de octubre, cursante de fs. 65 a 67, pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Walter Costas Badani y Norah Rocabado Sánchez contra Asdrúbal Columba Jofré, Juez Registrador de Derechos Reales (DD.RR.) de La Paz, alegando la vulneración de sus derechos a formular peticiones, a la propiedad privada, a la defensa y al debido proceso, citando al efecto los arts. 3, 7 incs. h) e i), 15, 16.II, 19, 22.I y II, 35, 116.II y 120.7ª de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- “accionante”
- Fragmento 14
- I.
- encontrándose entre los de contenido los establecidos en los parágrafos III, IV y VI, que por su importancia no pueden ser subsanados correspondiendo su rechazo in límine en caso de incumplimiento
- 'denegar'
- Fragmento 18
- III.4.
- como en los hechos debe acreditarse el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- los requisitos de contenido por su importancia son insubsanables
- REVOCAR