Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1351/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
a)
Con esos antecedentes interpone amparo constitucional contra María Teresa Rivero de Cusicanqui, José Luis Dabdoub López y Rodolfo Mérida Rendón, Consejeros de la Judicatura; solicitando: a) Se le otorgue la tutela; y, b) Se deje sin efecto la Resolución 425/2006 de 5 de febrero y todos los antecedentes que le sirvieron de base, en consecuencia resuelva la nulidad de la suspensión en su cargo y además de la restitución al cargo del Juez Agrario con asiento en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. El 28 de julio de 2006
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2.En cuanto al desistimiento en los procesos disciplinarios ante el Consejo de la Judicatura
- III.3.En cuanto a la falta de fundamentación e incongruencia de la resolución impugnada.
- III.4. Análisis del caso concreto
- respecto a las faltas graves, se ha probado la Comisión de las faltas previstas en el art. 40 incisos 6 y 7 de la Ley 1817, correspondiendo la sanción de 12 meses de suspensión sin goce de haberes
- art. 40. 6 y 7 de la LCJ
- REVOCAR