Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1374/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
1)
1) A raíz del proceso civil ordinario de nulidad de escritura pública 740/97 de 29 de diciembre de 1997, se dictó Sentencia 29/2003 que declaró improbada la demanda así como las excepciones planteadas y probada parcialmente la demanda reconvencional en cuanto a la legalidad del documento cuestionado e improbado en cuanto al pago de daños y perjuicios, sin costas por ser proceso doble.
- recurso de amparo constitucional
- 1)
- 2)
- 3)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso de amparo constitucional.
- a)
- b)
- c)
- d)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- i)
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- "accionante",
- III.3. La subsidiariedad de la acción amparo constitucional
- "
- Fragmento 25
- III.4. El caso en examen
- APROBAR