Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1374/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
II.5.
II.5. De fs. 24 vta. a 25, cursa Auto de 4 de junio de 2007, a través del cual la actual Autoridad recurrida dispuso que Gladys Chuquimia de Ríos y Raúl Ríos Claros, procedan a la entrega de ambientes que ocupaban en el inmueble ubicado en la calle Diego de Peralta 1048 de la zona de Miraflores de la ciudad de La Paz.
- recurso de amparo constitucional
- 1)
- 2)
- 3)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso de amparo constitucional.
- a)
- b)
- c)
- d)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- i)
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- "accionante",
- III.3. La subsidiariedad de la acción amparo constitucional
- "
- Fragmento 25
- III.4. El caso en examen
- APROBAR