SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1375/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1375/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

3)

3)  Conforme establece el art.108 del RPDPJ, contra la Resolución de sobreseimiento, procede el recurso de impugnación, a través del cual la recurrente pudo observar los aspectos que motivan su recurso de amparo; sin embargo, no lo hizo además la recurrente afirma que la Resolución final de investigación AI-URD 03/2007, era ambigua, por lo que pudo haber solicitado complementación y enmienda de la misma, lo que tampoco hizo, por lo que no activó medio de defensa alguno, el recurso presentado es improcedente respecto a su persona por subsidiariedad.

3)   En cuanto a la contradicción en la que pudiera haber incurrido el investigador en la emisión del informe final de investigación previa AI-URD-3/2004 de 7 de mayo, debe tenerse en cuenta que dicha Resolución es un informe de investigación que no impone sanción que importe desconocimiento de derechos, pues las contradicciones que pueda contener pueden ser observadas por las partes o por el Tribunal Sumariante a tiempo de conocerlo o durante el proceso.