SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1378/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1378/2010-R

Fecha: 21-Sep-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, manifiesta que los recurridos hoy demandados, vulneraron sus derechos al juez natural, a la igualdad, a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la defensa, porque iniciaron un proceso disciplinario en contra suya, conformando un Tribunal Sumariante del que es miembro una Secretaria de Cámara, que no tiene el rango de Juez de Partido, pues debía ser procesado por sus pares. También señala haber sido sancionado por dos veces consecutivas, pues primero se le aplicó una sanción económica y luego se le agravó dicha sanción con la suspensión de funciones, sin goce de haberes, situación que viola el principio de non bis in idem, pero además se atentó contra la cosa juzgada. Agrega que las Resoluciones pronunciadas en primera y segunda instancia carecen de una debida fundamentación, a lo que se añade que no se hizo la valoración de la prueba y menos se respetó el principio de legalidad formal, al haberse empleado indistintamente las figuras de “actuar sin competencia” y “a la pérdida de competencia”, que son distintas y distantes. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.