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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1391/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1391/2010-R

    Fecha: 21-Sep-2010

    II.6.

    II.6. El recurrente incidentó nulidad de obrados en ejecución de fallos, aduciendo que no se le notificó con la primera complementación de 4 de octubre de 2006; a lo que el Pleno del Consejo de la Judicatura emitió la Resolución 238/2007 de 22 de agosto que resuelve rechazar el incidente (fs. 415 a 421).

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.2.1.
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • accionante
    • (SC 0119/2010-R de 10 de mayo)
    • 0623/2010-R
    • III. 2.2. En cuanto al derecho al debido proceso.
    • 0655/2010-R
    • III.3. Análisis del caso de autos
    • notificado al accionante el lunes 2 de octubre de 2006 a horas 9:04, interponiendo el recurso de apelación el 5 de octubre de 2006 a las 17:05
    • 3 días
    • REVOCAR

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