SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1391/2010-R
Fecha: 21-Sep-2010
III.3. Análisis del caso de autos
El accionante denuncia que dentro del proceso disciplinario seguido en su contra en su condición de Sub Registrador de Derechos Reales de Montero, el Tribunal Sumariante dictó la Resolución Final 99/2006 de 12 de septiembre, por la cual se declara probada la acusación y se le sanciona con destitución de su cargo, determinación de la que interpuso recurso de apelación dentro de término, empero, se declaró ejecutoriada la Resolución recurrida, aduciendo que el recurso fue presentado fuera del plazo de tres días previsto en el art. 87 del RPDPJ, tomando en cuenta que de acuerdo al art. 55 de dicho Reglamento dicho plazo se computa desde el día y hora de su notificación, sin tomar en cuenta que a su juicio, el plazo corre a partir del día siguiente de la notificación con la Resolución.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1.
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- (SC 0119/2010-R de 10 de mayo)
- 0623/2010-R
- III. 2.2. En cuanto al derecho al debido proceso.
- 0655/2010-R
- III.3. Análisis del caso de autos
- notificado al accionante el lunes 2 de octubre de 2006 a horas 9:04, interponiendo el recurso de apelación el 5 de octubre de 2006 a las 17:05
- 3 días
- REVOCAR