SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1392/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1392/2010-R

Fecha: 21-Sep-2010

Fragmento 18

         El Tribunal de garantías, Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba, a momento de la admisión de la demanda de amparo constitucional, mediante Auto de 6 de junio de 2007, cursante a fs. 24 del expediente, a solicitud  de parte como medida cautelar dispuso: de conformidad al art. 99 de la Ley del Tribunal Constitucional, provisionalmente, en tanto se resuelva el presente recurso, se ordena la paralización de la investigación seguida por Sonia Jaimes Saravia en representación de Erlan Raúl Larrea Mérida contra Alfonso Ricardo Soto Medrano y Drina Jenny Villavicencio de Soto” (sic); no obstante, una vez llevada a cabo la audiencia de consideración de la presente acción tutelar, en fecha 3 de agosto de 2007, se emitió la respectiva Resolución, por la cual se denegó la tutela empero, el Tribunal de garantías no se pronunció con relación a la medida cautelar dispuesta.