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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1392/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1392/2010-R

    Fecha: 21-Sep-2010

    I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio

    Las recurrentes interponen recurso de amparo constitucional, contra Juan Marcos Terrazas Rojas y Ángel Villarroel Díaz, Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; solicitando se conceda el recurso con costas, se anule el Auto de Vista de 15 de mayo de 2007 y se declare extinguida la acción penal de 24 de junio de 2004.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • 1)
    • deniega
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • accionante
    • En cuanto al derecho a la defensa
    • En cuanto al derecho al debido proceso.
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • el derecho a la defensa se ejerce desde el primer acto del proceso hasta su finalización
    • el imputado puede ejercer desde el primer momento de la investigación penal todos los derechos y garantías que la Constitución Política del Estado y las leyes le reconocen y por consiguiente emplear los medios de defensa legítimos que considere convenientes
    • Fragmento 18
    • efectos de la resolución emitida por el Tribunal de garantías en las acciones de defensa de derechos fundamentales,
    • POR TANTO

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