Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1406/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, interponen recurso de amparo constitucional contra Jacinto Morón Sánchez, Teresa Vera de Gil y Teresa Lourdes Ardaya, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando que sea declarado procedente con los efectos de anulación del Auto de Vista 81, emitido por dichas autoridades y se ordene la devolución de su vehículo, oficiando a DIRCABI para la devolución inmediata, bajo apercibimiento de la sanción dispuesta por el art. 104 del la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), así como el restablecimiento inmediato de sus derechos de uso, goce y disfrute del motorizado de su propiedad. Sea sin costas.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre la valoración de la prueba
- III.4. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.5. Sobre la competencia del Juez cautelar para conocer y resolver sobre la incautación de bienes y sus incidentes
- a)
- III.6.1. Respecto a la accionante Isabel Rodríguez de Vicente
- III.6.2. Con relación a la accionante Hermitania Vicente Rodríguez
- III.7.
- APROBAR