SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1406/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado de la parte recurrente ratificó los fundamentos del memorial de la demanda y los amplió señalando que; durante los cuatro a cinco meses que transcurrieron luego de planteados el incidente y la apelación, el Ministerio Público presentó acusación formal, donde consta que las recurrentes son ajenas al motivo de la investigación vinculándolas al hecho que son dueñas del vehículo, tampoco participaron en alguna actividad ilícita, por lo tanto, el Auto de Vista que resolvió la apelación incidental es atentatorio a sus derechos, porque analiza documentos que ya fueron valorados por el “Juez cautelar” dentro del incidente sobre la calidad de los bienes, como son, el documento de transferencia, y el carnet de propiedad, hablan sobre una supuesta falta de protocolización de la minuta, cuando la valoración de la prueba es una facultad exclusiva de los jueces ordinarios.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre la valoración de la prueba
- III.4. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.5. Sobre la competencia del Juez cautelar para conocer y resolver sobre la incautación de bienes y sus incidentes
- a)
- III.6.1. Respecto a la accionante Isabel Rodríguez de Vicente
- III.6.2. Con relación a la accionante Hermitania Vicente Rodríguez
- III.7.
- APROBAR