SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1406/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las recurrentes solicitan la tutela de sus derechos a la propiedad, al trabajo, a la “seguridad jurídica” y a la presunción de inocencia, denunciando que fueron vulnerados por las autoridades recurridas, ya que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el chofer de un camión que era de su propiedad, por el delito de tráfico de sustancias controladas, la Fiscal de Materia de Sustancias Controladas procedió a secuestrar el referido motorizado; decisión contra la que interpuso incidente de devolución ante el Juez de Instrucción de Portachuelo del Distrito Judicial de Santa Cruz, quien dando curso a su solicitud dispuso la devolución del motorizado a su propietaria Isabel Rodríguez de Vicente; en razón a que demostró su derecho propietario, no haber participado en la comisión del delito imputado y, además, desconocía la actividad ilícita a la que se dedicaba su empleado; sin embargo de ello, en apelación; los Vocales de la Sala Penal Primera del mismo Distrito Judicial, revocaron la orden de devolución y entrega del mismo, intentando sobreponer el valor probatorio de los documentos, sin tomar en cuenta que la valoración de la prueba es atribución exclusiva de los jueces ordinarios que conocen en proceso principal. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de las recurrentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre la valoración de la prueba
- III.4. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.5. Sobre la competencia del Juez cautelar para conocer y resolver sobre la incautación de bienes y sus incidentes
- a)
- III.6.1. Respecto a la accionante Isabel Rodríguez de Vicente
- III.6.2. Con relación a la accionante Hermitania Vicente Rodríguez
- III.7.
- APROBAR