Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1426/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
II.8.
II.8. El Secretario de Conflictos del Sindicato de Taxis y Radio Taxis “20 de mayo”, expidió un certificado en el cual consta que el ahora recurrente, participó en la reunión de 10 de agosto de 2007, por lo que estuvo enterado de todo el proceso y del cuarto intermedio decretado, para continuar con los temas pendientes el día 25 de agosto de ese año (fs. 101).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- “ no ha concederse”
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 14
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3.
- Fragmento 18
- III.4.
- 2) Por el certificado de fs. 101
- el tema del traspaso intersindical
- “no ha lugar a concederse”
- APROBAR