SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1426/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, en el memorial del recurso ahora acción de amparo constitucional, manifiesta que el 30 de junio de 2005, solicitó a su sindicato un permiso temporal de tres meses, debido a que, en un estado de necesidad, se deshizo de su herramienta de trabajo, al haber transcurrido los tres meses y no pudiendo llevar el sustento diario a su hogar, solicitó a sus dirigentes el traspaso Intersindical al Sindicato de Taxis y Radio Taxis “20 de mayo”. Señalando que, en una reunión extraordinaria, se determinó que se daría curso a su solicitud de traspaso previa renuncia del solicitante a Cotransud Ltda., tal determinación según el accionante, ha vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y a la petición, previstos en el art. 7 incs. a), d) y h) de la CPEabrg.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- “ no ha concederse”
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 14
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3.
- Fragmento 18
- III.4.
- 2) Por el certificado de fs. 101
- el tema del traspaso intersindical
- “no ha lugar a concederse”
- APROBAR