SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1430/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1430/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

concedió

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Cochabamba constituida en Tribunal de garantías, pronunció, la Resolución 45 de 16 de noviembre cursante a fs. 144 a 145 vta., concedió la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) El ejercicio del derecho a la petición supone que una vez planteada, la persona adquiere el derecho de obtener una pronta resolución, lo que implica que el Estado está obligado a resolver la misma; 2) Los oficios presentados en calidad de prueba por la recurrente, evidencian las constantes solicitudes para que se atienda su solicitud de registro de su diploma en la oficina técnica de Registro Docente Administrativo, a fin de regularizar su interinato en cumplimiento de sus funciones como profesora, la misma que no tuvo respuesta alguna; 3) Por otra parte, la documentación presentada por las autoridades demandadas, son comunicaciones internas que no fueron de conocimiento de la recurrente, impidiendo que haga uso de los recursos administrativos, lo que constituye vulneración a la seguridad jurídica y  al debido proceso; 4) Respecto a la afirmación de que la documentación presentada por la recurrente fuera fraguada, no es la instancia del recurso de amparo constitucional la vía idónea para dilucidar tal situación; y, 5) La recurrente demostró el cumplimiento de todos los requisitos, por lo que ante el silencio administrativo o falta de resolución, debe procederse al registro correspondiente por el Técnico del Registro Docente Administrativo, Eduardo Quiñones Almanza.