Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1430/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
II.1.
II.1. Cursa comunicación interna UAR-TERDA2-CIN-N° 046/2006 de 14 de junio, suscrita por Eduardo Quiñones Almanza y Julián Jhonny Vallejo Echeverría, Técnico en Escalafón y Jefe de la Unidad de Administración de Recursos del SEDUCA, respectivamente, dirigida al Director Distrital de Vinto, en la que señalan que adjuntan documentación de actualización del Registro Docente Administrativo, que habría sido observada en esa repartición, donde se incluye el trámite de actualización correspondiente a Elena del Rosario Bustillos Villarroel, instruyendo la remisión de los trámites señalados, una vez salvadas las observaciones, hasta el 5 del siguiente mes (fs. 134).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- a)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- derecho de petición
- la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona
- derecho al trabajo
- derecho a una remuneración justa,
- `remuneración`, engloba a todos los emolumentos que percibe una persona
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- conceder
- APROBAR