Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1430/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
Fragmento 4
La recurrente se ratificó en los términos de su recurso y en oportunidad de la réplica precisó que los recurridos, no se refieren al motivo central del reclamo, que los informes que aluden son de carácter interno de los cuales no tuvo conocimiento y finalmente respecto a la supuesta falsedad del título, existe el procedimiento para el caso y al no aplicar el mismo, su aseveración vulnera su derecho al debido proceso y presunción de inocencia.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- a)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- derecho de petición
- la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona
- derecho al trabajo
- derecho a una remuneración justa,
- `remuneración`, engloba a todos los emolumentos que percibe una persona
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- conceder
- APROBAR