AUTO CONSTITUCIONAL 023/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 023/2011-RCA

Fecha: 31-Ene-2011

En cuanto al aspecto procesal

En cuanto al aspecto procesal, que es lo que corresponde en este momento, se debe tener en cuenta que por previsión constitucional “…se tramitará de la misma forma que la Acción de Amparo Constitucional…”; en consecuencia, tanto las normas procesales establecidas en la Ley del Tribunal Constitucional (Ley 1836 de 1 de abril de 1998), actualmente vigente, como las sub reglas establecidas por la jurisprudencia constitucional de orden procesal, respecto al procedimiento de la acción de amparo constitucional, son aplicables a la acción de cumplimiento.