-SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1656/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

-SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1656/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

específicamente el segundo que establece el derecho a ejercer funciones públicas,

Como se puede advertir la citada Sentencia interpreta uno de los elementos del derecho a la ciudadanía, específicamente el segundo que establece el derecho a ejercer funciones públicas, mientras que el primer elemento consiste en el derecho a elegir o ser elegido para la conformación de los poderes públicos, por lo tanto el segundo elemento tiene su vertiente en el primero y es consecuencia de éste, ya que una vez elegido el ciudadano que se presentara para ese efecto tiene el derecho de ejercer materialmente el cargo para el que fue elegido.

Es preciso hacer notar que la ciudadanía se adquiere previo cumplimiento de determinados requisitos, que varían según el marco jurídico constitucional que rija al Estado, en nuestro caso el único requisito para obtenerla es el de tener 18 años cumplidos, así está establecido en el art. 144 de la CPE, ahora en el parágrafo II del art. 144 se establece que la ciudadanía consiste en concurrir como elector o elegible a la formación y al ejercicio de funciones en los órganos del poder público y en el derecho a ejercer funciones públicas sin otro requisito que la idoneidad, salvo las excepciones establecidas por ley, por lo que la jurisprudencia citada es compatible con el nuevo texto constitucional" (las negrillas y el subrayado fueron añadidos).

En ese sentido, el derecho a la ciudadanía al estar vinculado íntimamente con la conformación de órganos de poder público, la participación como elector o elegible y el ejercicio de la función pública; este derecho puede ser lesionado dentro de procesos eleccionarios como los claustros universitarios, facultativos y de carrera en las Universidades Estatales.