Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
-SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1656/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
II.1.
II.1. El Decano de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Pecuarias de la Universidad Autónoma "Tomas Frías", emitió convocatoria a Claustro Extraordinario de la Carrera de Ingeniería Agronómica, para elegir Director de Carrera. En la Clausula Séptima (última parte) de la Convocatoria, se establece que en caso de que ninguno de los candidatos obtenga más del 50% de votos emitidos en la primera vuelta, se efectuará una segunda vuelta donde las autoridades serán elegidas por simple mayoría (fs. 2 a 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho a la ciudadanía y el derecho a elegir y ser elegido
- específicamente el segundo que establece el derecho a ejercer funciones públicas,
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4.
- APROBAR