SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1422/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1422/2011-R

Fecha: 10-Oct-2011

No ser retirado de la institución, salvo que se le compruebe la comisión de algún delito en proceso contradictorio conforme a Ley.

En cuanto a los derechos fundamentales de los funcionarios policiales, el art. 54 inc. a), menciona: “No ser retirado de la institución, salvo que se le compruebe la comisión de algún delito en proceso contradictorio conforme a Ley. Las infracciones a las Leyes y reglamentos institucionales, determinan la organización de proceso disciplinario y en su caso, la sanción correspondiente” (las negrillas son nuestras).