Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1507/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III.4.1. Con relación a las actuaciones del Juez de Sentencia demandado
El Juez demandado no procedió conforme a la jurisprudencia y normativa glosadas; porque no obstante que la querellante de manera irrefutable, mediante el memorial presentado al Juzgado de origen dentro del plazo legal expresó su voluntad de continuar con la acción penal privada y por tanto, la tramitación del proceso y de no abandonar la querella; la referida autoridad, a través de Resolución 124/2009 de 29 de mayo, declaró en detrimento suyo, el abandono de la misma y la extinción de la acción, impidiéndole en definitiva continuar la causa por el hecho denunciado, vulnerando el debido proceso y el derecho de acceso a la justicia de la víctima.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Delitos de acción pública y privada
- III.2. Abandono de querella por inasistencia a la audiencia de juicio oral y sus efectos jurídicos
- III.3. La impugnación de la resolución que declara el abandono de querella
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Con relación a las actuaciones del Juez de Sentencia demandado
- III.4.2. Con relación a las actuaciones de los Vocales codemandados
- APROBAR