Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1509/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
Fragmento 16
Finalmente, Mónica Huanca Álvarez señala que las autoridades demandadas, no tomaron en cuenta su estado de gravidez, siendo un aspecto que no se puede alegar directamente ante esta jurisdicción cuando no se lo hizo oportunamente ante la instancia pertinente, como es el Tribunal de alzada, porque la falta de pronunciamiento se debió al desconocimiento de dicho extremo, provocado por la misma imputada que no asistió a la audiencia ni probó con un certificado médico forense o a través de alguna otra prueba la situación en la que se encontraba.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 2
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 11
- III.2. Notificación a las partes con el decreto de señalamiento de audiencia de apelación incidental de medida cautelar
- III.3. El derecho a una resolución motivada y fundamentada
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- APROBAR