SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1557/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1557/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

denegó

El Juez Primero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, dictó la Resolución 009/2010 de 19 de octubre, cursante de fs. 127 a 145, por la cual denegó la acción de libertad, en base al siguiente fundamento: 1) Los funcionarios de la Dirección General de Migración, no pueden proceder de oficio a dejar sin efecto los levantamientos de ordenes de arraigo, si bien se solicitó mediante nota el levantamiento de arraigo, al no haberse dado respuesta a dicha petición, conforme al procedimiento administrativo, dicho silencio se considera “una respuesta en sentido afirmativo, quedando en ese ámbito y esfera de ese derecho administrativo según criterio que emite dicho órgano, procedimiento pendiente para proseguir en esa solicitud del desarraigo o levantamiento de desarraigo que pesan en contra del accionante” (sic); 2) Para viabilizar el derecho a la libertad de locomoción del  accionante, debe culminar con el trámite de baja correspondiente de la nota de cargo que aún se halla en la base de datos o de registros, como se informó en la Contraloría General del Estado, previo cumplimiento de lo indicado; y, 3) El accionante fue respondido con notas oficiales de la Contraloría General del Estado el 27 de marzo de 2007 y 25 de mayo de 2010, esta última, indica que en cumplimiento de la circular 46/05 de 30 de octubre de 1995, se remitieron los antecedentes de los procesos coactivos fiscales a los jueces coactivos fiscales administrativos y tributarios.